Identificación de pasajeros desde España

La documentación que debes aportar en los mostradores de facturación y puertas de embarque para confirmar que tu identidad se corresponde con la que figura en la tarjeta de embarque.

Vuelos Domésticos

Documentación necesaria en vuelos domésticos
Nacionalidad del pasajero Documentación necesaria

Nacional

Mayor 14 años: DNI o pasaporte no necesariamente en vigor o Carnet de conducir expedido en España.

Para los menores 14 años sin DNI o pasaporte, las autoridades pueden solicitar algún documento para verificar su identidad: Libro de Familia, registro individual del menor, acreditación notarial o autorización formalizada en alguna Dependencia Policial.

UE / Schengen / Andorra / Liechtenstein

Pasaporte o Documento de Identidad válido no necesariamente en vigor.

Permiso de Residencia español o de alguno de los Estados Schengen en vigor.

Carnet de conducir expedido en España

Terceros países

Pasaporte o Documento de Viaje válido en vigor.

Permiso de Residencia español o de alguno de los Estados Schengen en vigor.

Carnet de conducir expedido en España

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Vuelos a UE/Schengen / Andorra / Liechtenstein

Documentación necesaria en Vuelos UE/Schengen / Andorra / Liechtenstein
Nacionalidad del pasajero Documentación necesaria

Nacional

Pasaporte o DNI en vigor

UE / Schengen / Andorra / Liechtenstein

Pasaporte o Documento de Viaje válido en vigor.

Terceros países

Pasaporte o Documento de Viaje válido en vigor.

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Vuelos a terceros países

Documentación necesaria en Vuelos a Terceros países
Nacionalidad del pasajero Documentación necesaria

Nacional

Pasaporte en vigor

UE / Schengen / Andorra / Liechtenstein

Pasaporte o Documento de Viaje válido en vigor.

Terceros países

Pasaporte o Documento de Viaje válido en vigor.

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Aclaraciones a la verificación de la documentación.

A efectos de aplicación de las nuevas medidas de seguridad para la verificación de documentación se tendrán en cuenta las siguientes definiciones:

  • Título de viaje: Válidamente expedido, en vigor y en el que constará la vigencia máxima y las limitaciones que en cada caso concreto se determinen para su utilización.

  • Documento de Viaje para Refugiados: Expedido con arreglo a la Convención de Ginebra de 1951 sobre el Estatuto de los Refugiados.

  • Documento de Viaje para Apátridas: Expedido con arreglo al Convenio sobre el Estatuto de Apátridas de 1954.

  • Otros Documentos de Viaje Válidos: Aparte de los tres citados anteriormente, el Ministerio del Interior contempla la posibilidad de viajar con otros Documentos de Viaje, como la Libreta Naval o Documento de Identidad para la gente del mar, aunque su uso resulta menos frecuente.

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Más Información

 

Documentación necesaria para menores

Todos los pasajeros mayores de 14 años deben llevar DNI o pasaporte.

En vuelos nacionales, los menores de 14 no están obligados pero si lo llevan se acreditarán con más facilidad.

En vuelos internacionales (Europeos y Terceros Países), al no existir una normativa estandarizada, todos los menores, acompañados o no, e independientemente de su edad, deben presentar su propio documento, DNI o Pasaporte (con autorización formalizada en alguna Dependencia Policial si viajan solos), además de cumplir con los requerimientos del país al que vayan.

Si deseas más información: documentación necesaria para menores

En caso de pérdida o robo de documentación

La denuncia ante FF. y CC. de Seguridad no será prueba válida que acredite la identidad del pasajero. Un funcionario de las FF. y CC. de Seguridad podrá acreditar la identidad, aunque dicha acreditación sólo será válida para verificar la identidad en puerta de embarque en vuelos nacionales, pudiendo no ser suficiente para la aceptación en el país de destino.

Estados que integran la Unión Europea

Alemania, Austria, Bélgica, Bulgaria, Chipre, República Checa, Croacia, Dinamarca, Eslovaquia, Eslovenia, España, Estonia, Finlandia, Francia, Grecia, Hungría, Irlanda, Italia, Letonia, Lituania, Luxemburgo, Malta, Países Bajos, Polonia, Portugal, Rumanía y Suecia.

Estados en los que se aplica el Convenio Schengen

Alemania, Austria, Bélgica, Bulgaria, Dinamarca, Eslovenia, España, Estonia, Finlandia, Francia, Grecia, Holanda, Hungría, Islandia, Italia, Letonia, Liechtenstein, Lituania, Luxemburgo, Malta, Noruega, Polonia, Portugal, República Checa, República Eslovaca, Rumanía, Suecia y Suiza.

Programa SAE para la entrada a México

Iberia está adscrita al programa SAE y por tanto los pasajeros de nacionalidad turca, rusa y ucraniana que deseen viajar a México desde estos orígenes, pueden obtener su autorización electrónica a través del Instituto Nacional de Migración de México.

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Hora límite

Dispones de un tiempo determinado antes de la salida del vuelo en el que formalizar tu billete y facturar el equipaje.

Más Información

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